Desglosando la Ley Helms-Burton

Desglosando la Ley Helms-Burton. Julio M. Shiling,Politólogo y Director de Patria de Martí con el periodista Ricardo Quintana desglosan los capítulos de la Ley Libertad para Cuba que los EEUU podría aplicar por primera vez bajo la administración Trump en el programa Las Noticias Como Son de Radio y Televisión Martí.

Desglosando la Ley Helms-Burton

La aplicación de la Ley de Libertad Cubana y Solidaridad Democrática conocida como la Ley Helms-Burton en honor a sus promotores, nunca se ha aplicado de manera integral desde su proclamación en 1996 bajo la administración de Bill Clinton. Cada 6 meses, todos los presidentes de los EE. UU. Han suspendido la aplicación del Título III, que se refiere específicamente a los derechos de las compañías a demandar a quienes realizan negocios o trafican con bienes de los EE. UU., confiscados por el gobierno cubano después de 1959. Todos los estadounidenses, nacidos o naturalizados pueden presentar un litigio civil en los cortes de los Estados Unidos.

Por primera vez, existe la posibilidad de que la administración de Donald Trump autorice la Ley Helms-Burton en su totalidad o en partes, desde que la legislación se firmara en 1996. El próximo día 17 de abril supuestamente debe la Casa Blanca debe pronunciarse si aplica este capítulo.

Sin la implementación del Título III la ley es básicamente mero simbolismo.

El Título I en efecto está profundizando lo que ya existe, el embargo estadounidense contra la dictadura castrista, el Título II es una programación tentativa potencial de ayuda para en realizar instituciones democráticas una vez que Cuba sea libre en la reconstrucción y aclara lo que quieren decir con democracia, requisitos para que Cuba pueda después de la liberación pueda llegar a una transición democrática, en otras palabras no mas presos políticos, múltiples partidos, libertades para los sindicatos, libertad de expresión etcétera. El Título II y III en sí están vinculados en el IV.

El Título III  es la joya de la corona, porque potencia la ley, ya que permite a estadounidenses y cubano-americanos naturalizados tener acceso a los tribunalesnorteamericanos para llevar y presentar demanda contra empresas que estén traficando y esa palabra es muy importante traficando con propiedades o profitando de alguna manera con las propiedades robadas por el castrismo.Muchos empresarios que entraron en Cuba porque con inversiones de índole tipo pirata con la idea de hacer el lucro rápido, y se tienen que ir con una mínima inversión, entonces están conscientes de que estas propiedades fueron robadas,lo que ha hecho el castrocomunismo es confiscar una propiedad, robarla porque no seindemnizó.Los socios comerciales del régimen estan traficando con esas propiedades porque están lucrando con una propiedad que fue robada, y ellos lo saben, por eso es la importancia del Título III.

La modificación en la aplicación de la Ley por esta administración ha sido leve y simbólica, sin duda y es un curso correcto pero muy distante de la intención de la Ley cuando se formuló porque la idea de poder llevar a los tribunales esas empresas extranjeras y por ejemplo hoy si fuera hoy podríamos decir tambiénempresas estadounidenses en la misma relación de complicidad que muchos de los europeos y llevarlos a penalizar esa acción de que están lucrando con esa propiedad que se robó.

El título 4 en efecto le permite a esos mismos norteamericanos y a la ley norteamericana prohibir la entrada de ejecutivos y sus familias de esas empresas que están traficando con esa propiedad robada.

Cuando miramos y recordamos porque se puso el embargo y lo analizamos hoy vemos que es como un queso lleno de orificios desde su inicio hasta hoy.

El Título III  de la Ley Herms-Bulton codifica en una sola legislación todas las disposiciones del embargo, permite a todos los estadounidenses entablar un litigio civil en las cortes contra aquellos que trafiquen o se beneficien de las propiedades que les arrebató el gobierno cubano. La demanda puede radicarse contra este último o contra una empresa o ciudadano privado.

Desglosando la Ley Helms-Burton Capítulo III: Caso de propiedades Residenciales

Los cubanos no perderán sus casas como lo quiere hacer ver la dictadura castrista, ya que está dirigida las propiedades comerciales que supere un valor de 50.000 dólares, porque no se trata de desalojar a cubanos de a pie. La Ley "No va a botar a gente de sus casas", aclaró, como aclara el abogado Nick Gutiérrez.

Programa Las Noticias Como Son transmitido el 2 de abril, 2019. Programa que se transmite en vivo por Radio y Televisión Martí y Martinoticias.com.

Un programa de análisis sobre la actualidad noticiosa mundial, con la conducción del periodista Amado Gil e invitados especiales.
#LasNoticiasComoSon #Cuba

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