Analizando la Ley Helms-Burton

Analizando la Ley Helms-Burton. Julio M. Shiling con Agustín Acosta y Carlos Acosta, periodistas y presentadores del programa radial Cada Tarde con Agustín Acosta y Carinés Moncada, hacen un análisis de los capítulos de la Ley Libertad (Helms-Burton) y su aplicación que garantizan las demandas a las empresas que se han beneficiado de las propiedades robadas por la dictadura de Cuba a los ciudadanos de EEUU.

La Ley Libertad, al contener una cláusula de escape que le permite al presidente norteamericano suspender la aplicación del tercer capítulo, anula la potencialidad de esta herramienta jurídica. El cuarto capítulo, por naturaleza, cae inerte con la suspensión presidencial del título tercero. De modo bipartidista y con la precisión de un reloj suizo, cada presidente de los EE UU desde que dicha ley está vigente, ha ejercido la cláusula de suspender la implementación de dicho título. El aporte más innovador de esta ley ha sido, precisamente, esa sección que nunca se ha ejercitado.

Los detractores de la ley han sido numerosos. La objeción no ha venido solamente de la dictadura castrista. Los intereses comerciales globales y los representantes de gobiernos democráticos que responden a esos intereses también han hecho eco de su oposición a la Ley Libertad. Algunos miembros de la oposición y la disidencia cubana han manifestado en diferentes momentos, de igual modo, su discrepancia con la misma. Examinemos algunos de esos argumentos.

Críticos de la Ley Libertad insisten que es “extraterritorial”. Eso es cierto. Lo es. Los derechos naturales también poseen una dosis de extraterritorialidad. La Declaración Universal de los Derechos Humanos (ONU) es extraterritorial. No podemos hablar de una ética democrática o una moralidad republicana sin tomar en cuenta y ser receptivo a valores universales que no reconocen fronteras o límites de territorio. Es en el dominio de la extraterritorialidad, justamente, donde se halla lo más enaltecedor de la Ley Helms-Burton.

Se dice que la Ley Libertad es injerencista. Bueno, todos los procesos políticos a través de la historia están atiborrados con determinaciones que deben su resultado a factores internacionales. Excepciones a esta regla, en todos los casos de relevancia histórica, no existen. El castrocomunismo debe su existencia a la injerencia de la URSS y del comunismo internacional en los asuntos de Cuba. 

Este programa fue transmitido el 20 de marzo, 2019 por la emisora radial Actualidad Radio 1040 AM.

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