- Julio M. Shiling
Castigos crueles e inusuales en las cárceles de D. C.
La Octava Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos prohíbe explícitamente el trato bárbaro y bizarros de los presos. Inspirándose en los derechos civiles de la Carta de Derechos inglesa (1689), el texto reza en el caso americano “No se exigirán fianzas excesivas, ni se impondrán multas excesivas, ni se infligirán castigos crueles e inusuales”.
Sin que muchos lo sepan, ya que los medios de comunicación industriales han restado importancia a esta noticia, a una distancia minúscula de la sede del Gobierno federal de Estados Unidos hay aproximadamente 1,500 personas detenidas que están siendo sometidas a normas penitenciarias que podrían equipararse a “castigos crueles e inusuales”. Para empeorar aún más las cosas, hay un trasfondo político e ideológico que guía este curso selectivo de trato inhumano a los presos en la cárcel del Distrito de Columbia (D. C.).
La alcaldesa demócrata Muriel Bowser y el gobierno local de D. C. son las entidades responsables de las nefastas condiciones que se están aplicando discriminatoriamente a los amotinados del 6 de enero recluidos en celdas de su jurisdicción legal. Los mencionados más de 1,500 reclusos están confinados en sus celdas durante 22 horas al día. De ellos, unos 300 están recluidos en régimen de aislamiento. Las autoridades de D. C. clasifican a este grupo más pequeño como sometido a una política de “permanencia médica”. Las directrices del Departamento Correccional de D. C. formulan este tratamiento de aislamiento extremo exclusivamente para los presos que tienen la condición de “depredadores sexuales”, individuos con “comportamiento agresivo”, “susceptibles de ser explotados o victimizados por otros” y/o que poseen cualquier “otra necesidad especial documentada”.
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